Reglamento sanitario para tatuajes en España 2026

Si vas a abrir un estudio de tatuaje en España, hay regulación sanitaria que cumplir. La competencia es autonómica: cada comunidad tiene su propio decreto. Estos son los requisitos comunes y dónde mirar lo específico de tu zona.

Requisitos comunes a todas las CCAA

  • Registro sanitario del establecimiento: alta en el registro de centros de tatuaje y micropigmentación de la consejería de sanidad.
  • Formación higiénico-sanitaria del personal: curso oficial reglado, número de horas variable (40-80 según CCAA).
  • Carnet sanitario individual de cada tatuador.
  • Local con condiciones específicas: ventilación, agua corriente, suelo y paredes lavables, separación zonas limpia/sucia.
  • Material desechable y esterilización de instrumental no desechable.
  • Gestión de residuos biopeligrosos con empresa autorizada.
  • Consentimiento informado firmado por el cliente.
  • Hoja de reclamaciones y normativa visible.
  • Inspecciones sanitarias periódicas.

Normativa por CCAA (referencia)

  • Cataluña: Decret 90/2008. Curso higiénico-sanitario de 40 h.
  • Madrid: Decreto 35/2005. Curso de 60 h.
  • Andalucía: Decreto 286/2002. Curso de 60 h.
  • C. Valenciana: Decreto 33/2008.
  • País Vasco: Decreto 119/2017.
  • Galicia: Decreto 13/2004.

Consulta la web de la consejería de sanidad de tu CCAA para ver los requisitos exactos vigentes.

Trámites para abrir estudio (paso a paso)

  1. Realizar el curso higiénico-sanitario oficial.
  2. Obtener el carnet sanitario individual.
  3. Localizar local que cumpla requisitos urbanísticos y sanitarios.
  4. Solicitar licencia de actividad municipal.
  5. Solicitar registro sanitario en consejería de sanidad.
  6. Contratar gestión de residuos biopeligrosos.
  7. Inspección sanitaria inicial.
  8. Apertura.

Tatuar fuera del estudio

Tatuar en domicilio particular sin registro sanitario es ilegal en la mayoría de CCAA si lo haces como actividad económica. Practicar gratuitamente sobre piel sintética en tu casa: legal sin requisitos. Convenciones: el organizador suele tramitar permisos colectivos.

Reglamento europeo de tintas (REACH)

Reglamento (UE) 2020/2081 limita los pigmentos en tintas vendidas en la UE. Aplicable desde enero 2022 (con prórroga para algunos pigmentos hasta enero 2023). Las tintas legalmente vendibles llevan etiqueta REACH compliant. Asegúrate de que toda la tinta que usas la cumple.

Cliente menor de edad

En España, los menores de 18 años no pueden tatuarse legalmente sin consentimiento expreso de padres o tutores legales (en algunas CCAA, con limitaciones por zona corporal y edad mínima de 16 años incluso con consentimiento). Verifica DNI antes de tatuar y conserva el consentimiento.

Esta información es orientativa, no asesoramiento legal. Consulta con la consejería de sanidad de tu CCAA antes de iniciar trámites.


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